Tarea 1 Parcial 3

Integrantes:

Franco Vaca Duque

Oliver Axel Cruz Velásquez

Isaac Rafael Prieto Jiménez

Fernanda Hernández Santamaría

Christopher Hernández Alcaraz

 

 


Instrucciones: El alumno  buscará información del tema que pretende abordar para trabajo final, lo comentará con su equipo y subirá a plataforma la información que le sirva para empezar a planear la realización de éste. SOLO DEBE SUBIR ARCHIVO EL REPRESENTANTE DE EQUIPO.

IMPORTANTE: Toda actividad  en equipo debe contener en la parte superior derecha los nombres completos de los integrantes.

 

Feminismo y Derecho constitucional

 

—Antecedentes importantes y generalidades

 


El feminismo es una teoría política y un movimiento social que busca la equidad entre hombres y mujeres. Nuria Varela, autora de "Feminismo para principiantes" define a ese movimiento como "las gafas moradas" que cambian la forma de ver el mundo.

Este movimiento es muy amplio, tiene 300 años de historia, múltiples autores, y tres "olas" o épocas, a grandes rasgos. Actualmente, el debate gira en torno a dos posturas: el feminismo liberal y el feminismo radical.

Con la aprobación de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres —en correspondencia a compromisos adquiridos durante los cinco lustros recientes mediante la adhesión a una serie de tratados y acuerdos internacionales dirigidos a eliminar la discriminación de género que experimentan las mujeres— se inicia una nueva etapa en la evolución del enfoque constitucional de la relación entre los géneros en México. Las pautas jurídicas para la anhelada ciudadanización plena de las mujeres mexicanas se establecen a partir de los principios rectores de la igualdad, la no discriminación y la equidad. Este artículo se refiere a la nueva fase jurídica nacional para combatir la discriminación de género, dentro del análisis de los componentes discursivos potencialmente transformadores de los tratados internacionales sobre la situación de la mujer y la equidad de género. Por cierto, los contenidos de la equidad de género han ido ampliándose y precisándose progresivamente durante estas cuatro décadas de agenda feminista y femenina globalizada. Esos contenidos se han plasmado transversalmente en las reflexiones, conclusiones y planes de acción de las múltiples conferencias internacionales y convenciones intergubernamentales referidas al tema de la equidad de género, los cuales han obligado a México a la progresiva incorporación de la perspectiva de género al funcionamiento institucional, según los contenidos, orientaciones y criterios de dichos documentos, a partir de la elaboración legislativa, la formulación de políticas públicas y el diseño de los ejercicios presupuestales.

El Estado y gobierno mexicanos, entonces, se han responsabilizado de la modificación de creencias, actitudes y acciones que expresen o promuevan la discriminación de género. De tal manera, la orientación de dichos acuerdos insta al Estado mexicano a crear las condiciones para la democratización de los ámbitos público, privado e íntimo, resimbolizando y resignificando así al propio imaginario colectivo nacional mientras se proporciona a las mujeres condiciones de mayor paridad para acercarse cada vez más plenamente al ejercicio igualitario. Dichos convenios también incluyen mecanismos de evaluación periódica de los avances logrados y distintos dispositivos institucionales internacionales para la revisión y atención de la inconformidad ciudadana frente al ritmo de avance alcanzado y las violaciones específicas registradas de los compromisos adquiridos.

 

—Los cambios constitucionales a nivel nacional

 

A lo largo de la historia del mundo y en nuestro país ha habido diversos cambios a nivel constitucional originados por parte delo movimiento feminista, como el 17 de octubre de 1953, donde se emitió el decreto, por iniciativa del entonces Presidente de la República Adolfo Ruiz Cortines, para reformar el artículo 34 de la Constitución Federal, en donde se reconoció la igualdad de derechos de la mujer frente al hombre.

 Hecho con lo que se le otorgó ciudadanía plena y derechos políticos a las mujeres.

El derecho de votadas y ser electas en todas las elecciones populares se logró gracias a la organización, participación y movilización de las mujeres en los foros feministas demandando derechos ciudadanos y exigiendo el respeto a sus derechos.

Para poder garantizar una igualdad sustantiva de género es necesario sumar esfuerzos para promover en los municipios el diseño e implementación de políticas públicas locales con perspectiva de género y comprometernos a desarrollar mecanismos para poder superar toda forma de discriminación y obstaculización de las mujeres en el ejercicio de los cargos de elección en los ayuntamientos del país, dejando a un lado ideologías e intereses personales, para poder crear un sociedad inclusiva, en la que exista una real democracia que considere a la mitad de la población, las mujeres.

 El 6 de abril de 1952 más de 20 mil mujeres se congregaron en el Parque 18 de marzo de la Ciudad de México para demandar lo que les había prometido el entonces candidato a la presidencia, Adolfo Ruiz Cortines. Ellas querían ver plasmado en la Constitución el derecho a votar y ser electas y el político les reiteró su compromiso.

Ruiz Cortines ganó las elecciones y asumió la presidencia el 1 de diciembre de 1952. Le tomó hasta el 17 de octubre de 1953 cumplir con su promesa y por fin se promulgaron las reformas constitucionales que otorgaron el voto a las mujeres en el ámbito federal.

Aunque ese 17 de octubre de 1953 fue el día en que las reglas cambiaron, la lucha femenina para exigir los derechos de votación y de ciudadanía, había empezado a manifestarse mucho antes, desde finales del siglo XIX.

Las mujeres empezaron a demandar más autonomía, gracias a las ideas de Reforma y el auge de las publicaciones femeninas de la época. En la primera revista femenina Las Violetas del Anáhuac se publicó un artículo reclamando este derecho, y a partir de ahí, poco a poco se esparció la idea del sufragio femenino, y se empezaron a formar agrupaciones en pro a este derecho, como por ejemplo "Las hijas de Cuauhtémoc".

Más adelante en 1916 se realizó el primer Congreso Feminista impulsado por el gobernador de Yucatán (estado pionero en el derecho de las mujeres) y varias mujeres líderes de opinión.

En mayo de 1923 la Sección Mexicana de la Liga Panamericana de Mujeres convocó al Primer Congreso Nacional Feminista. De las principales demandas que salieron de ahí estaban: la igualdad civil para que la mujer pudiera ser candidata a cargos administrativos al igual que emitir el sufragio.

Como consecuencia de ese congreso, en San Luis Potosí la mujer pudo votar desde ese año y en Yucatán, Elvia Carrillo Puerto fue la primera mexicana electa diputada al Congreso Local, pero tuvo que renunciar por las presiones sociales.


Por otro lado, en 1937 Lázaro Cárdenas envió una iniciativa a la Cámara de Senadores para que las mujeres pudieran obtener la ciudadanía, y así el voto. Cárdenas afirmaba que: "En México el hombre y la mujer adolecen paralelamente de la misma deficiencia de preparación, de educación y de cultura". Pero la realidad era que al igual que en varios países católicos, el voto femenino fue retrasado por la sospecha de que sería conservador debido a la supuesta influencia que los curas podían ejercer en las mujeres.

Más tarde, en 1946 el presidente Miguel Alemán aprobó una iniciativa para que el artículo 115 constitucional estableciera la participación de las mujeres en las elecciones municipales, en igualdad de condiciones que los hombres. Sin embargo, eso no era sólo el inicio ya que lo que se quería era lograr el voto en las elecciones federales.

Fue hasta el 17 de octubre de 1953 que se publicó la adición al artículo 34 constitucional que dice: "son ciudadanos de la República los varones y las mujeres que, teniendo la calidad de mexicanos, reúnan, además, los siguientes requisitos: haber cumplido 18 años, siendo casados, o 21 si no lo son, y tener un modo honesto de vivir".

Esto se dio después de que la ONU había llamado a los países miembros a reconocer los derechos políticos de las mujeres. Fue así que la mujer, después de una ardua lucha, obtuvo el derecho a votar y ser considerada como ciudadana. Hay que destacar que México fue el último país de Latinoamérica en consolidar este derecho.

Finalmente, el 3 de julio de 1955 las mujeres acudieron por primera vez a las urnas a elegir diputados federales, y aunque este fue un gran paso en el proceso de democratización del país, la realidad es que al género femenino le costó muchísimo emanciparse del yugo masculino y de la presión ejercida por sus padres y esposos.



—A nivel Internacional

 

La investigación feminista ha demostrado el valor de tomar en serio las experiencias y contribuciones de las mujeres y lo utilizó como base para demostrar cómo descansa las relaciones internacionales y perpetúa las ideas de género sobre quién hace qué, quién experimenta qué y por qué en la política global. Más allá de esto, también se reconoce que las mujeres son agentes importantes en los procesos políticos, económicos y sociales. A pesar de su designación, el feminismo (compromiso con una mejora del papel social de la mujer, que suele reflejarse en el sentido de promover la igualdad sexual) hace más que enfocarse en las mujeres, o en lo que se consideran temas de mujeres. Al destacar tanto la desigualdad como las relaciones de poder, el feminismo (compromiso con una mejora del papel social de la mujer, que suele reflejarse en el sentido de promover la igualdad sexual) revela el poder de género y lo que hace en la política global. Preocupada por la subordinación de las mujeres a los hombres, la desigualdad de género y la construcción de identidades de género, el feminismo (compromiso con una mejora del papel social de la mujer, que suele reflejarse en el sentido de promover la igualdad sexual) ha desafiado un concepto homogéneo de «mujeres» en las relaciones internacionales (más detalles sobre relaciones internacionales y las tensiones geopolítica en nuestra plataforma) y ha expuesto las lógicas de género como marcos organizativos poderosos.

 

Por su parte, la Mtra. María Paulina Rivera Chávez, directora del Centro de Investigación del Instituto Matías Romero, habló sobre el tema, como parte de las Jornadas por el Día Internacional de la Mujer. En el ámbito internacional, se habló acerca de la importancia de una política exterior feminista, la cual trata de una serie de principios a favor de la igualdad de género y la no discriminación, así como de la transformación de las estructuras de poder. Busca visibilizar las experiencias de comunidades históricamente vulneradas y excluidas en el ejercicio tradicional de la política exterior.

 

Mencionó que en lugar de buscar confrontaciones se deben buscar alianzas. Ya que la confrontación puede llegar a desvirtuar el verdadero objetivo del movimiento. El lenguaje importa, construye, la forma de entender el mundo tiene que ver con el lenguaje que utilizamos. Cada individuo como miembro de la sociedad- debe entender que las palabras tienen un gran impacto. 

 

—Los tratados internaciones

 


Tomando en cuenta lo anterior, no se pueden dejar de lado ciertos aspectos como el Femicidio y los Derechos Internacionales de la Mujer.

 

Proteger a las mujeres de la violencia de género es un tema de derechos humanos usualmente ignorado a nivel global. En América Latina, las leyes para proteger a las mujeres existen, pero esas leyes a veces no son implementadas de forma uniforme, y hay una falta de voluntad política para alinearse completamente con la ley y las obligaciones internacionales.

 

Todos los Estados latinoamericanos han ratificado la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer. Catorce han ratificado el Protocolo Opcional de la Convención reconociendo la competencia del comité de la ONU sobre la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer para monitorear el cumplimiento de los Estados y para recibir y considerar reclamos de individuos en sus jurisdicciones. Esos mismos catorce siguen el sistema interamericano de derechos humanos que incluye la Convención Interamericana sobre la Prevención, el Castigo y la Erradicación de la Violencia contra la Mujer (La convención de Belém do Pará), que afirma que la violencia contra las mujeres constituye un violación a sus derechos humanos y libertades fundamentales. Pero los compromisos internacionales no siempre han resultado en la aplicación efectiva del espíritu de la ley o de la ley en sí misma para detener efectivamente la violencia contra la mujer.

 

De acuerdo con información de “A Gendered Analysis of Violent Deaths”, un reporte publicado en 2016 por el Small Arms Survey, “de los 25 países con las tasas más altas de femicidios en el mundo, 14 son de América Latina y el Caribe.” Hay numerosas categorías de femicidio: el femicidio íntimo, el no-íntimo, asesinatos de honor, crímenes de odio por orientación sexual, asesinato de mujeres y niñas indígenas, femicidios relacionados a la dote, femicidio de crimen organizado y asesinatos dirigidos a las mujeres en conflictos armados, entre otros.

 

Alrededor del mundo, como en América Latina, la tasa de femicidios es obstinadamente alta. Los asesinatos por dote son responsables de la muerte de miles de mujeres cada año, especialmente en el sur de Asia. Entre 2012 y 2015 hubo un estimado de 24,771 muertes por dote en India. En Jordania hay entre 15 y 20 asesinatos de honor cada año. En México, 2,318 mujeres han sido asesinadas a lo largo de nueve años, según el Observatorio Ciudadano Nacional del Femicidio (OCNF).

 

Según la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), 12 mujeres son asesinadas cada día en promedio en la región. Sin embargo, debido a limitaciones de información, los números de la CEPAL no incluyen a Brasil, un país con uno de los peores registros en cuanto a violencia de género.

En 2014, ONU Mujeres y la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos lanzaron el Protocolo Modelo Latinoamericano para la investigación de asesinatos por género de mujeres. El objetivo de ONU Mujeres fue apoyar a aquellos países que adoptaron el protocolo para desarrollar legislación especializada sobre femicidio – específicamente para investigar adecuadamente y castigar todas las formas de violencia contra las mujeres.

El Protocolo Modelo de ONU Mujeres es una herramienta para asistir a la policía, a las cortes, a funcionarios de los departamentos de justicia y médicos forenses para investigar adecuadamente un femicidio. En América Latina y alrededor del mundo, los crímenes de odio contra las mujeres y su investigación y enjuiciamiento no han seguido protocolos específicos. Activistas han argumentado que la falta de definiciones, estándares y procedimientos internacionalmente consistentes han contribuido a la persistencia de las altas tasas de femicidios.



Referencias:

Angie, R. (2012) El feminismo y las Relaciones Internacionales. Bitácora Mundial: 

 

(2019, 04). Feminismo en las Relaciones Internacionales leyderecho.org Retrieved 10, 2021, from https://bitacoramundialrrii.blogspot.com/2012/10/el-feminismo-y-las-relaciones.html

BOBBIO, Norberto, 1981, El existencialismo: ensayo de interpretación, FCE, México. 

 

Elizabeth, M. (2007) Convenios internacionales y equidad de género: un análisis de los compromisos adquiridos por México. Scielo: http://www.scielo.org.mx/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1405-74252007000300008

 

Carolina, G. (2019) ¿Qué es el feminismo y las feministas?

.El Universal: https://www.eluniversal.com.mx/metropoli/cdmx/que-es-el-feminismo-y-quienes-son-las-feministas

 

Global Americans. (2021) Femicidio y los Derechos Internacionales de la Mujer:

 https://theglobalamericans.org/reports/femicidio-y-los-derechos-internacionales-de-la-mujer/

 

Anáhuac Mayab. (2021) Perspectiva de género en las Relaciones Internacionales:

 https://merida.anahuac.mx/noticias/perspectiva-de-genero-en-las-relaciones-internacionales

 

Gobierno de México. (2021) Conmemoramos que hace 65 años se reformó la Constitución para otorgarle ciudadanía plena y derechos políticos a las mujeres: https://www.gob.mx/inafed/articulos/conmemoramos-que-hace-65-anos-se-reformo-la-constitucion-para-reconocer-la-igualdad-de-derechos-para-las-mujeres


Berdiana, G. (2017) LA HISTORIA DEL VOTO FEMENINO EN MÉXICO. MXCITY: https://mxcity.mx/2017/01/la-historia-del-voto-femenino-en-mexico/


Ulises, P. (2021) LAS MUJERES Y LA CONSTITUCIÓN DE 1917: https://www.uaeh.edu.mx/xiii_congreso_empoderamiento_fem/documentos/pdf/C036.pdf

 

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